El informe del Centro de Estudios para el Desarrollo Nacional Atenea analiza la presencia femenina en el Congreso de la Nación. Un profundo análisis sobre la paridad de género.

Mientras miles de mujeres marchaban a lo largo del país para ponerle fin a la violencia machista, en el Congreso de la Nación se trataba paralelamente en ambas Cámaras, proyectos de ley que reconocen la paridad de género. Por un lado, el Senado aprobó un proyecto que establece la alternancia entre hombre y mujer desde el inicio hasta el final de las listas para elección de la Cámara Baja a nivel nacional. Por el otro, la propuesta en la Cámara de Diputados estaba incluida en el dictamen de mayoría de la reforma electoral que incluye, entre otras cosas, la incorporación de la boleta única electrónica. Más allá de algunas diferencias, ambas van en el mismo sentido.

Atenea destaca que si bien el proyecto de Ley de Reforma Política obtuvo en general 152 votos positivos, 75 negativos y 3 abstenciones, el artículo 16 que consagra la paridad de género, contó con 214 votos a favor, 3 en contra y 4 abstenciones. La incorporación y sanción de ambos proyectos de ley en cada una de las Cámaras abre un debate acerca de la participación de la mujer en política y, específicamente, como fue el rol de la mujer en el Congreso Nacional desde el retorno de a la democracia.

Analizando la historia, la irrupción de la mujer a la participación política fue de la mano del primer gobierno peronista cuando el 23 de septiembre de 1947 se promulgó la Ley 13.030 que les permitió a las mujeres adquirir los mismos derechos políticos que los hombres. Iniciada la década del ’50 las mujeres podían votar a sus representantes y ser elegidas para ocupar cargos como legisladoras a nivel nacional y provincial. En las elecciones del 11 de noviembre de 1951 votaron por primera vez 3.816.654 mujeres, asumiendo al año siguiente por primera vez 23 diputadas y senadoras, todas del Partido Justicialista. Luego de los golpes de Estado, con el retorno a la democracia se abrió un nuevo escenario de participación. En 1991 se sanciona la Ley 24.012 de Cupo Femenino que establece que al menos un 30% de la lista de los partidos políticos debe estar ocupada por mujeres con posibilidad de lograr las bancas.

Con posterioridad, esta ley fue complementada con dos decretos: el 379/93 que establecía que en caso de presentarse por primera vez a elecciones o solo renovar una banca, el frente electoral debía colocar en el segundo lugar de la lista a una persona del género opuesto a la que ocupara el primer lugar. El segundo decreto que complementó la Ley de Cupo Femenino extendió la aplicación a las candidaturas del Senado de la Nación e instituyendo un mecanismo de enforcement que achica el margen de incumplimiento.

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Cuadro 1 – % de Mujeres y Hombres en la Cámara de Diputados entre 1983 y 2015.

En la Cámara de Diputados, el aumento implicó que, para el año 2015, el porcentaje total de mujeres sea del 36,1%, número que se aleja del inicial 4,3% correspondiente al año 1983. El retorno a la democracia encontraría solamente a 12 mujeres ocupando una banca. El cuadro permite visibilizar una mayor presencia de la mujer en la Cámara Baja tras la sanción de la Ley 24.012 y el Decreto 379/93. El porcentaje total de mujeres en la Cámara Baja aumentó de un 5,8% en 1993 a 25,2% en 1996. Cabe mencionar que desde el año 2003 el porcentaje de mujeres diputadas fue incrementándose, superando el piso establecido del 30%. Pasando del 31,5% en 2005 al 35,1% en 2014. El pico más alto de presencia femenina en la Cámara Baja fue en 2008 con un porcentaje total del 40,07%, siendo en total 102 diputadas nacionales. También cabe destacar que, en el 2013, por primera vez en la historia del país, una mujer se hizo cargo de la jefatura del bloque de la mayoría: Juliana Di Tullio se convirtió en la primera Jefa de bloque FPV- JP.

 

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Cuadro 2 – % de Mujeres y Hombres en el Senado entre 1983 y 2015.

En el caso del Senado de la Nación el cupo del 30% comenzó a regir en el año 2001. Como es posible visualizar en el Cuadro 2, la cantidad de senadoras se elevó considerablemente, pasando de 4 en 2001 que significaba 5,5% del total, a un número de 26 senadoras para el periodo que se inicia en 2002, que representa el 36,1% de las bancas. Durante los primeros años de democracia, el Congreso de la Nación contó con un porcentaje total de senadoras del 6,3%, mientras que durante la década de los ´90, el mismo varió entre el 4,2% y 5,8%. Luego de las elecciones legislativas de 2003, la proporción de senadoras ascendió a 43,5%, descendiendo levemente al 41,6% en 2005. En el 2015 el porcentaje fue del 41,6%, siendo un total de 42 mujeres ocupando puestos en la Cámara Alta.

El Centro de Estudios asegura que la denominada Ley de Cupos femenino logró aumentar la representación política de las mujeres en el Congreso Nacional. Sin embargo, a pesar de la existente igualdad formal en la posibilidad de acceso a cargos públicos por parte de hombres y mujeres, existen condiciones materiales y subjetivas que establecen una situación de desigualdad real que deja fuera de competencia a personas altamente calificadas por su condición de género. A pesar del avance, el establecimiento de un cupo en sí mismo no garantiza el acceso igualitario de mujeres a los espacios de toma de decisión que existen, en este caso, dentro del Poder Legislativo. En este sentido, el acceso a posiciones de poder constituye una dimensión fundamental de la equidad de género que no sólo le da fuerza al empoderamiento femenino, sino que la inclusión de la mujer tendría el potencial de transformar los resultados políticos institucionales a partir del planteo de cuestiones tamizadas por ambas miradas.

Atenea concluye que el debate actual sobre la paridad, busca de alguna manera equilibrar la histórica situación de desventaja que limita severamente las chances de las mujeres de acceder a esos espacios. Finalmente, teniendo en cuenta la capacidad del Estado de legitimar verdades socialmente aceptadas, la sanción y el debate en sí mismo de la Ley de Cupo Femenino, deben ser entendidos como un paso hacia la igualdad de condiciones entre los géneros incluso en el resto de los espacios de la vida social donde aún persisten fuertes diferencias.

 

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